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16/Ene/18 13:01
NO DEDUCIBLES DE LOS INGRESOS EXENTOS PARA LOS TRABAJADORES

Buenas tardes colegas,

Puedo pedirles ayuda respecto a la siguiente duda.

Las prestaciones exentas para los trabajadores que no son deducibles para el patrón que indica lla LISR en su articulo 28 y la RMF en la regla 3.3.1.29. deben reconocerse en la contabilidad financiera?

Cual es el proceso correcto.


Caso A.

1.- Calcular los coeficientes para determinar si aumento o disminuyo el importe pagado exento y asi determinar si corresponde el 47% o el 53%.
2.-Registrar el importe en la contabilidad en proporción por cada gasto que afecte: ejemplo cargo a gastos no deducibles y abono a la cuenta de gasto aguinaldo.
3.-Ya no lo considero en la CCF porque se duplicaria.
4.-Con este dato cumplo con la contabilidad electrónica también.

Caso B

1.-Determino la proporción no deducible.
2.-Considero la determinación no deducible en la CCF en las deducciones contables no fiscales.
3.-Registro en la contabilidad en las cuentas de orden que obliga la contabilidad a electrónica como informativas.
4.-El gasto de la nomina lo dejo tal cual se fue registrando a lo largo del año en el gasto al 100%.


Agradecería mucho su apoyo, yo en lo personal me inclino por el caso B pero en la empresa donde laboro (soy de nuevo ingreso) lo vienen haciendo así desde hace dos años y quisiera saber que es correcto.

Si hubiera algun fundamento agradeceria me apoyaran con el para buscarlo.


Saludos Y Gracias:razz:
 
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annie19
Cabo

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Arriba
22/Ene/18 21:16
Re: NO DEDUCIBLES DE LOS INGRESOS EXENTOS PARA LOS TRABAJADORES

Buenas noches.

Prefiero llevarlo en papeles de trabajo.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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