Venta de inmueble en parcialidades ¿Expedición de CFDI de Pago?

Cómo documentan la operación las personas no obligadas a emitir CFDI.

El Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) regula las características y requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), estableciendo entre otras obligaciones, que cuando una contraprestación no se pague en una sola exhibición, deberá emitirse un CFDI por el valor total de la operación al momento de realizarse y, posteriormente, un CFDI con Complemento para Recepción de Pagos (CRP) por cada parcialidad recibida. Esta disposición se encuentra específicamente en la fracción VII, inciso b), del mencionado artículo.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.