El tomar fotografías del interior sin fundar y motivar la actuación

Es un menoscabo en los derechos de inviolabilidad del domicilio.

Conforme al artículo 16 de la Constitución, la tutela de la inviolabilidad del domicilio exige que las facultades de comprobación de las autoridades en una visita domiciliaria se ciñan a los derechos fundamentales de legalidad, seguridad jurídica, debida fundamentación y motivación, por lo que no es dable algún tipo de ambigüedad o margen de discrecionalidad.

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