Resolución es oportuna si se envía notificación por Buzón Tributaria

En cumplimiento a una sentencia dictada en el juicio contencioso administrativo federal tramitado en la vía ordinaria.

Si la autoridad demandada en un juicio contencioso administrativo emite la resolución de cumplimiento dentro de los cuatro meses y envía un aviso electrónico de notificación al buzón tributario de la persona contribuyente, cumple con su obligación en tiempo, aunque el contribuyente no acceda a consultarlo.

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